A Darío del Real lo metieron al caso del ascenso los propios aficionados. Después de que se publicó el reglamento 2026-27 de la Liga MX, contó, empezaron a etiquetarlo a él y a su firma en redes sociales para que revisaran jurídicamente la desaparición del ascenso y el descenso.
Como consecuencia salió una tanda de amparos colectivos que persigue algo que los clubes de la Liga de Expansión no pueden pedir: que un juez federal mexicano revise una decisión de la FMF desde fuera de su sistema de justicia deportiva.
Los equipos llevaron su pelea hasta el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS, por sus siglas en francés). Ésta es otra puerta.
El litigante no pretende que un tribunal elija qué equipo debe subir ni que ordene un descenso inmediato. El primer objetivo es que acepte estudiar el caso.
“Es la primera vez que vamos a solicitar, o que se solicita por parte de ciudadanos, que se involucren tribunales federales en lugar del TAS“, dijo a Sports Illustrated México.
El despacho pretendía presentar los amparos antes de que venciera el plazo, este miércoles 26 de agosto, en cada estado donde reuniera al menos dos firmantes.
Del Real mencionó 15 plazas: Oaxaca, Chiapas, Cancún, Tlaxcala, Puebla, Durango, Cuernavaca, Guadalajara, La Paz, Ciudad de México, Zacatecas, Tamaulipas, Morelia, Aguascalientes y León. Todavía no tenía un conteo definitivo de firmas porque seguía validando la documentación recibida.
Del Real no aterrizó en el caso contratado por un club ni desde un despacho especializado en futbol.
Su experiencia está en el litigio constitucional y los juicios de amparo, además de asuntos corporativos y mercantiles, y reconoció que no domina los procedimientos ante el TAS, ni las reglas de desafiliación dentro del futbol.
Esa distancia respecto del sistema deportivo se convirtió en la estrategia.
Para armarla, la firma estudió reglamentos de la FMF y la FIFA, y después buscó opiniones de economistas, financieros y sociólogos para ampliar el análisis fuera de la cancha.
Luego salieron cuatro modelos de amparo: aficionados y grupos de animación, padres de menores que juegan en fuerzas básicas de equipos afectados, trabajadores de clubes y socios comerciales.
Los primeros que presentarán son los de aficionados, contra la disposición del Reglamento de Competencia 2026-27 de la Liga de Expansión que la propia FMF publica entre sus reglamentos vigentes. También pedirán su suspensión, provisional y definitiva, mientras se resuelve el fondo.
“Que se revise si estuvo legal o ilegal, si fue constitucional o inconstitucional“, resumió el constitucionalista.
Antes de discutir si fue válido eliminar el ascenso, los quejosos tendrán que resolver algo todavía más básico: por qué un juez puede revisar una decisión tomada por una asociación civil.
Que la Federación lo sea no cierra por completo la puerta. La Ley de Amparo permite tratar a un particular como autoridad cuando sus decisiones funcionan como las de una autoridad y afectan derechos.
El deporte tiene además una particularidad. La Ley General de Cultura Física y Deporte establece que las asociaciones deportivas nacionales ejercen funciones públicas bajo coordinación de la Conade, entre ellas organizar las competencias oficiales de su disciplina.
“Sí es un particular, pero (…) está con actos de autoridad y primordialmente la Federación tiene una obligación de organizar torneos profesionales y está ligada íntimamente con la Conade”, señaló Del Real.
Las demandas tampoco van sólo contra la Federación. El despacho reclama también omisiones de la Conade, a la que atribuye el deber de vigilar una decisión de ese tamaño.
Luis Jiménez, abogado especializado en derecho deportivo consultado por Sports Illustrated México, invierte la premisa. Las federaciones nacen privadas, explicó, pero cambian de régimen cuando son reconocidas dentro del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte, en el que la ley las llama agentes colaboradores del Gobierno Federal.
“Los actos puramente privados son la excepción“, afirmó.
En su lectura, cuando una federación organiza, regula, certifica o sanciona dentro de ese sistema, sus decisiones dejan de ser un asunto entre asociados y no pueden quedar fuera de todo control constitucional sólo porque la asociación sea privada.
Falta además lo más difícil: demostrar en qué afecta jurídicamente a un aficionado que no exista ascenso.
No basta con serlo. La ley pide un daño propio y concreto, y que tumbar la regla le traiga un beneficio real y no sólo hipotético.
Del Real lo sustentó en siete artículos constitucionales: el 1, 4, 5, 14, 16, 17 y 28. Habló de identidad, libre desarrollo de la personalidad y derecho al deporte, aunque reservó el desarrollo de varios hasta que las autoridades conozcan las demandas. El 14 y el 16 no discuten el ascenso sino la forma en que se aprobó la regla.
Para el 28, el de prácticas monopólicas, sirvieron los economistas y financieros que buscó la oficina: un torneo que cierra de manera indefinida el único camino hacia la Primera División levanta una barrera de mercado.
Ese reclamo, sin embargo, tiene su propia ventanilla. Las prácticas monopólicas se revisan en la Comisión Nacional Antimonopolio, que sustituyó a la COFECE en julio de 2025 y ahora depende de la Secretaría de Economía.
La diferencia aparece en la relación que cada parte tiene con la FMF. Los clubes forman parte de la estructura federativa y aceptan sus mecanismos para resolver controversias, por ello, seis equipos de Expansión llevaron al TAS el conflicto iniciado después de la suspensión acordada en 2020.
Los promoventes de estos amparos, argumentó el litigante, nunca aceptaron esa jurisdicción.
“Los equipos de Expansión tienen su procedimiento al cual se ajustaron voluntariamente con la Federación. Los que no pertenecemos a ningún equipo de Expansión o de Primera División (…) somos ciudadanos y aficionados“.
Ahí entra el 17, el del acceso a la justicia: si el aficionado no tiene dónde reclamar dentro del arbitraje deportivo, sostuvo, le queda el juzgado federal.
Por eso consideró que ambos litigios pueden coexistir. La oficina no ha tenido contacto con los clubes que acudieron al TAS y aseguró que su estrategia nació directamente de la afición.
Del Real calculó que en los días siguientes a la presentación el juzgado podría admitir las demandas, pedirles corregirlas o rechazarlas. Si decide no estudiarlas, el despacho pretendía impugnar esa resolución.
Después vendrían los informes de las autoridades señaladas y, eventualmente, la discusión de fondo, que a su juicio podría escalar hasta la Suprema Corte por tratarse de un asunto sin precedente similar.
El propio Jiménez rebajó lo que puede esperarse de una sentencia. Ningún juez ordenaría de manera automática el regreso del ascenso, primero tendría que revisar si la regla es constitucional y si el daño que provoca se justifica, un examen de proporcionalidad.
Si concluye que no, agregó, la sentencia no se quedaría en declarar que la regla es inconstitucional: obligaría a la Federación a dejarla sin efecto y a emitir otra con los parámetros que fije el tribunal.
Los aficionados que empezaron etiquetándolo en redes tendrán que reunir al menos dos firmas por estado y esperar a que un juzgado decida si los escucha. Esa decisión, anterior a cualquier discusión sobre los siete artículos, es la que el abogado ya contaba como triunfo.
“La simple aceptación del amparo ya sería un precedente histórico“, sentenció.
#Aficionados #abren #una #nueva #vía #legal #contra #eliminación #del #ascenso